¿Qué hacemos en FATA? 


  
Requisitos de su validez Facultades disciplinarias
Justa causa Fuerza mayor
Plazo máximo  
   
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Requisitos de su validez:
Toda suspensión dispuesta por el empleador, para ser considerada válida, deberá fundarse en justa causa, tener plazo fijo y ser notificada por escrito al trabajador.

Justa causa:
Se considera que tiene justa causa la suspensión que se deba a falta o disminución del trabajo no imputable al empleador, a razones disciplinarias o a fuerza mayor debidamente comprobada.

Plazo máximo:
Las suspensiones fundadas en razones disciplinarias o falta o disminución de trabajo no imputable al trabajador, no podrán exceder los 30 días en un año, contados a partir de la primera suspensión.

Facultades disciplinarias:
El empleador podrá aplicar medidas disciplinarias proporcionadas a la falta o incumplimiento demostrado por el trabajador.

Dentro de los 30 días corridos de notificada la medida, el trabajador podrá cuestionar su procedencia y el tipo o extensión de la misma, para que se la suprima, sustituya por otra o limite según los casos. Vencido dicho plazo se tendrá por consentida la sanción.

Fuerza mayor:
Las suspensiones por fuerza mayor debidamente comprobadas podrán extenderse hasta un plazo máximo de 75 días en el término de un año.
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