¿Qué hacemos en FATA? 


   
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Pago
Tope máximo
Obligación de realizarlas

Pago:
El Empleador deberá abonar al trabajador que preste servicios en horas suplementarias, medie o no autorización del organismo administrativo competente, un recargo del 50% calculado sobre el salario habitual, si se tratare de días comunes, y del 100% en días sábados después de las 13 horas, domingos y feriados.

Tope máximo:
El máximo de horas extras a realizar por es de 30 horas mensuales y 200 horas anuales.

Obligación de prestar servicios suplementarios:
El trabajador no esta obligado a prestar servicio en horas suplementarias, salvo casos de peligro o accidente ocurrido o inminente de fuerza mayor o por exigencias excepcionales de la economía nacional o de la empresa.


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