Pago
Tope máximo
Obligación
de realizarlas
Pago:
El Empleador deberá abonar al trabajador que preste servicios en horas
suplementarias, medie o no autorización del organismo administrativo competente,
un recargo del 50% calculado sobre el salario habitual, si se tratare de días
comunes, y del 100% en días sábados después de las 13 horas, domingos y feriados.
Tope
máximo: El máximo de horas extras a realizar por es de 30 horas mensuales
y 200 horas anuales. Obligación
de prestar servicios suplementarios: El trabajador no esta obligado a
prestar servicio en horas suplementarias, salvo casos de peligro o accidente ocurrido
o inminente de fuerza mayor o por exigencias excepcionales de la economía nacional
o de la empresa. |