Aportes
Jubilatorios Los trabajadores en relación de dependencia deberán efectuar
un aporte del 11% de su remuneración para la creación de un fondo que le permita,
llegado el momento, gozar de una jubilación digna.
Este aporte es de vital
importancia por que con él la AFJP elegida, debe tomar un seguro que en caso de
accidente laboral será el que contrate la renta vitalicia a pagarle al accidentado
o a sus derecho habientes.
La elección de la AFJP no es un dato menor.
De esta elección dependerá la diferencia entre obtener una mejor o una peor jubilación.Antes
de elegirla sugerimos analizar las comisiones que cobran y los beneficios que
obtienen con la colocación de los fondos.
Las comisiones son de vital
importancia. Todas las AFJP hablan de comisiones del orden del 3%, pero hay
que tener en cuenta que esa comisión es sobre la remuneración del trabajador,
no sobre el aporte. Por ello si descomponemos el aporte del 11 % en: comisiones
y capitalización, la real comisión sobre lo que se capitaliza oscila entre
el 30% y el 57%.
Si bien en estas comisiones está incluida la alícuota
del seguro, que es del orden del 1,2%, sigue siendo excesiva la parte con que
se quedan las administradoras.
A efectos ilustrativos destacamos que la
ley 23.660, de obras sociales sindicales, pone un tope máximo del 8% sobre la
recaudación para gastos administrativos.
Cuanto mayor sea la comisión,
menor será la parte que va a capitalización, y de nada vale que el rendimiento
del capital sea mayor si la porción a capitalizar es menor. Por ello sugerimos
analizar ambas cuestiones antes de decidir: comisiones y rendimiento.
A
título ilustrativo tomemos un ejemplo: para un sueldo de $ 500,-- por mes, cuyo
aporte 11%, $ 55,--, y dos AFJP de similar rentabilidad histórica con distintas
comisiones: -La AFJP x, cobra una comisión mensual del 3% $ 15,-- y capitaliza
$ 40,--; -La AFJP y, cobra una comisión fija de $ 8.—, más el 2,10% de comisión
variable $ 10,50 y capitaliza $ 36,50; -El trabajador que optó por la AFJP
x, tendrá una jubilación un 10% mayor que el que optó por la y.
Las comisiones
fijas son muy onerosas para los salarios bajos, convirtiéndose en convenientes
a partir de las remuneraciones de $ 1000,--optar por las AFJP que cobran comisiones
variables menores al 3%.
Cuadros de comisiones y rendimientos
A.F.J.P
|
Comisión
|
Comisión
sobre
monto
a capitalizar
s/remuneración
mensual
|
Rentabilidad
histórica
anualizada
|
Costo
Seguro
S/remun.
|
Fija
|
Variable
|
$
500,00
|
$
1000,00
|
$
|
%
|
%
|
%
|
%
|
%
|
Arauca
BIT (1) |
9,00
|
2,20
|
57,14
|
39,24
|
9,75
|
1,100
|
Consolidar |
2,50
|
3,25
|
51,72
|
46,67
|
10,20
|
1,305
|
Futura |
5,20
|
2,95
|
56,92
|
46,08
|
8,05
|
1,900
|
Generar
(2) |
8,00
|
2,10
|
50,68
|
35,80
|
8,89
|
0,700
|
Máxima |
2,45
|
3,23
|
51,11
|
46,18
|
9,68
|
1,400
|
Met |
|
2,60
|
30,95
|
30,95
|
***
|
1,250
|
Nación |
|
3,00
|
37,50
|
37,50
|
9,27
|
1,600
|
Orígenes |
2,50
|
3,25
|
51,72
|
46,67
|
9,99
|
1,800
|
Previsol |
2,50
|
3,25
|
51,72
|
46,67
|
9,87
|
1,500
|
Profesión
+ Auge |
|
3,00
|
37,50
|
37,50
|
8,79
|
1,375
|
Prorenta |
2,50
|
3,35
|
53,85
|
48,64
|
10,22
|
1,530
|
Siembra |
3,00
|
3,25
|
53,85
|
47,65
|
9,34
|
1,450
|
Unidos |
|
3,35
|
43,79
|
43,79
|
8,27
|
1,450
|
Promedio
del Sistema |
|
|
44,17
|
9,56
|
1,448
|
(1)
A partir de una remuneración de $2.250
comienza a ser beneficioso.
|
(2)
A partir de una remuneración de $1.600
comienza a ser beneficioso.
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Sobre
datos publicados por al Superintendencia de AFJP,
vigentes a Septiembre 2001
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