Concepto |
Ingresos
anteriores al 24/09/98 |
Ingreso
desde 24/09/98
|
Preaviso | Hasta
5 años de Antiguedad: 1 sueldo Más de 5 años de Antiguedad:
2 sueldos PYMES: Ingresos desde 28/03/95: 1 sueldo independientemente la antiguedad |
Integración
Mes Despido | Se
paga el mes calendario completo. PYMES: No corresponde para ingresos posteriores
al 28/03/95. | No
corresponde |
Indemnización
por antiguedad | 1
sueldo mensual (mejor remuneración)por año de servicio o fracción
mayor a 3 meses. | Una
doceava parte de un sueldo mensual (o 2,5 jornales) por cada mes de servicio o
fracción mayor a 10 días. El derecho a la indemnización corresponde una vez vencido
el período de prueba. |
OTRAS
INDEMNIZACIONES: CONSULTAR |